El contrato por adhesión visto en la obra “El contrato no-contrato”

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El contrato por adhesión aparece de la mano de la producción y distribución masivas

@BallugeraCarlos. Diré dos cosas sobre mis intereses literarios. ¿Ratón de biblioteca? Me gusta la historia, la política, la filosofía, la poesía. Después de hacer la oposición me tomé la molestia y el juego de estudiar los tres primeros libros de El Capital, cuyo resumen tal vez pueda colgar en este blog más adelante, también estudié algo de la Lógica de Hegel y junto a ellos su Filosofía del Derecho y la crítica de Marx a esa obra. Después Lyotard, Heidegger, Platón, Gracián, Quintiliano, Nietzsche, Cervantes. Escuchar a tantos para seguir equivocándome.

  De todo eso me quedó un poco de la dialéctica materialista y con ella tuve que llegar hasta los secretos que quedaron por delante y en la que han quedado encajadas las fuertes contradicciones del estudio que ahora pongo en el blog.

  En 1996, en Bilbao, enfrascado en mi profesión y queriendo profundizar en temas jurídicos estuve un tiempo estudiando urbanismo desde la perspectiva de la función social de la propiedad privada, atendí a la gestación del plan de urbanismo de Madrid de 1996, estudié la STC de 20 marzo 1997, el anexo urbanístico al RH y la ley valenciana del agente urbanizador.

  Sin embargo la presentación en las Cortes de una Ley sobre Condiciones generales de la contratación que transponía la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas me hizo volver los ojos hacia la contratación masiva y hacia el Derecho de las personas consumidoras y adherentes. Una cena con unos amigos entre los que estaba Luis Mª Cabello, entonces Director General de los Registros y del Notariado, me ayudó a ver mejor que mi interés iba hacia la contratación masiva.

  Me quedó claro que el Derecho de la contratación masiva era mi tema. La nueva ley del suelo y la LCGC se aprobaron y publicaron el mismo día, pero mi interés ya se fue por la última. Estuve todo el verano estudiándola y tengo por ahí un escrito que también, no es una amenaza, me propongo colgar en este blog.

  Luego, empecé a buscar una universidad para la tesis, una universidad libre, sin prejuicios ideológicos y fui a dar con lo que el profesor Lasarte considera una universidad marxista, la UNED, que lo es por la jocosa razón de que no tiene clases, clases en el sentido de aulas, que desde luego tiene…

  En la UNED me acogieron estupendamente el profesor Alberto Bercovitz y sus colaboradoras las profesoras Vérgez, Calzada y Arroyo. Con ellos pasé siete años extraordinarios de estudio y de superación.

  Siguiendo las indicaciones del profesor Bercovitz, que veía acertado en vez de tocar temas originales pero extravagantes, profundizar en los del día a día profesional de cada cual, me propuse estudiar la hipoteca como contrato por adhesión, para lo que tuve que empezar por estudiar el contrato por adhesión… Pero empezar por ahí fue también el final, ya que la dimensión del tema llenó por sí sola la tesis… y la hipoteca quedó para después.

  Esos siete años no gastados sino invertidos me dejan triste cuando veo esos listos que desde el ministerio o desde un preeminente cargo político eligen las fechas, nombran al tribunal, apuran los plazos y se sacan la tesis en quince días.

  En esos siete años y no en unos pocos días, el profesor Bercovitz me hizo ver lo que ni siquiera había sospechado, digo ver, tener ante los ojos. Si es mucho o poco cada cual juzgará sin ataduras ni temores, porque ahora cuelgo el resultado de entonces en el blog.

  No me olvido dar las gracias, no puedo olvidarlo ni dejar de sentir agradecimiento a los profesores y profesoras de la UNED por su ayuda en esos años de esfuerzo y de placer. Es gusto y no obligación.

  El resultado de entonces lo pongo ahora aquí, lo pongo y lo expongo a la crítica y lo brindo al uso de quienes van tras una orientación en esta parte del Derecho privado donde se cruzan los cambios y las tensiones de la sociedad actual. ¡Ojalá les ayude como me ayudó a mí la UNED! ¡Gracias!

Carlos Ballugera Gómez

 

 

Así presenté el trabajo en 2005: http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/elcontrato-nocontrato-presentacionycapituloprimero.pdf

– Aquí El contrato no-contrato: EL CONTRATO-NO-CONTRATO

 

 

El mercado y su normalidad espontánea son la ley de la contratación masiva

 

Unas definiciones par leer mejor la obra: Definiciones para leer mejor El contrato-no-contrato, Ballugera

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