62.- Dación en pago y fuerza vinculante de la tasación en el desahucio

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Reducir el valor de tasación cuando fracasa el mercado es un desprecio inadmisible a la autonomía de la voluntad

62.- DACIÓN EN PAGO Y FUERZA VINCULANTE DE LA TASACIÓN PARA SUBASTA EN LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA (6ª entrega) en FICHAS de @BallugeraCarlos

 

LA PRÁCTICA O CLÁUSULA

1.- Bankia (préstamo hipotecario de 30 de enero de 2006, con personas consumidoras, novado en 2009 y 2013)

Préstamo por un capital de 166 000 euros, con un plazo de devolución de 25 años. Se fijaba en 195 900 euros el «tipo de subasta» de la finca hipotecada, es decir, el valor de salida del bien en una eventual subasta, con arreglo al Derecho español. 19 Tras una primera novación de 29 de enero de 2009, dicho contrato fue nuevamente objeto de novación mediante escritura pública de 18 de octubre de 2013. En el marco de esta segunda novación, el tipo de subasta del inmueble en cuestión se redujo a 57 689 euros y el plazo de devolución del capital pendiente de 102 750 euros se amplió a 40 años. Además, se autorizó la venta extrajudicial del inmueble y se hizo constar en el contrato que dicho inmueble era la vivienda habitual de los prestatarios hipotecantes [[STJUE 19 setiembre 2018, la falta de admisión de la dación en pago por no aplicar el CBP vinculante, considerada como práctica comercial desleal, no interrumpe la ejecución como si fuera una cláusula abusiva, aunque es uno de los elementos a tener en cuenta para apreciar el carácter abusivo de una cláusula de tasación. En el mismo sentido, STJUE 21 abril 2016 y 16 noviembre 2010, para TAE y 30 abril 2014 para cláusula de tasación para subasta].

 

2.- Un acreedor hipotecario cualquiera con deudores personas consumidoras

Pactada o estipulada válidamente una tasación para subasta para la ejecución directa se plantea su valor o eficacia desde el punto de vista de la autonomía de la voluntad, en el sentido si representa un valor vinculante para acreedor y deudor en caso de adjudicación a éste del inmueble dado en garantía en caso de subasta desierta o si puede ser sujeto a reducción en beneficio del adjudicatario [Auto AP Navarra 17 diciembre 2010].

 

3.- Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra

Imposición a la parte prestataria de la responsabilidad universal en lugar de la responsabilidad limitada recogida en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria [Auto JPI Collado Villalba de 5 setiembre 2013, al no haberse acreditado el haber informado a la parte ejecutada de dicha circunstancia da lugar a que se considere dicha cláusula como abusiva].

 

INSCRIPCIÓN EN RCGC

NIF:

 

PRECEPTOS INVOCADOS

Por el demandante:

Por el demandado:

En 1ª INSTANCIA:

En la AUDIENCIA:

Por el TRIBUNAL SUPREMO:

 

RESOLUCIONES JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS

Las del caso: Auto AP Navarra 17 diciembre 2010.

Anteriores y posteriores: STJUE 19 setiembre 2018 [la falta de admisión de la dación en pago por no aplicar el CBP vinculante, considerada práctica comercial desleal, no interrumpe la ejecución como si fuera una cláusula abusiva, aunque es uno de los elementos a tener en cuenta para apreciar el carácter abusivo de una cláusula de tasación para subasta]; SJM 10 Barcelona de 7 diciembre 2016 [declara nula por falta de transparencia la cláusula de responsabilidad patrimonial universal y la fianza a favor de 3º]; STS 13 enero 2015 [rechaza dación en pago]; STJUE 30 abril 2014 [recorre la materia pero no se pronuncia por no haber una cláusula concreta]; Auto JPI Collado Villalba de 5 setiembre 2013 [al no haberse informado a la parte ejecutada de que no hay limitación del art. 140 LH sino responsabilidad universal la declara abusiva].

DGRN:

 

EVOLUCIÓN DEL CASO

Decisión del Juzgado:

Decisión de la Audiencia:

Decisión del TS:

 

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

 

BIBLIOGRAFÍA

– Ruiz-Rico Ruiz, J. M. y Acebes Cornejo, R., “Sobre la posible ilegalidad y abusividad de la cláusula sobre fijación del valor de tasación del inmueble hipotecado en los préstamos hipotecarios”, Diario La Ley, Nº 9026, Sección Tribuna, 21 de Julio de 2017, Editorial Wolters Kluwer, 22 pgs. en edición de internet.

 

Del autor de las fichas:

2017 “Ni la responsabilidad patrimonial universal ni la fianza impiden la dación en pago o la limitación de la responsabilidad al precio del piso hipotecado. Comentario de la SJM núm. 10 de Barcelona de 7 de diciembre de 2016”, Diario La Ley, Nº 8913, Sección Doctrina, 2 de Febrero de 2016, Editorial Wolters Kluwer (LA LEY 726/2017), en http://laleydigital.laley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAC1OwU7DMAz9GnJE6diOOayt2AVtaASuyG2s1iIkKHa79u8xdJYsW8_vPT9eU07rt_NlQiPQsTsY6GWC2ObeVX87zeihUzyXgKVeFZUsEK_IrrKGx3w7w0wDCOVUQ9m8KATXequ121dPB2tmLKwE90EDJkEz0jC-aMvGB2biFgRcc2k_j-_-cn3Y7a2tTudnwwilH19hQKexpFCCR-CfxcT0pcDb_3nzmQlvjlLApYESjil4XORuUE8imqCTtClMH3XqU2wgYgr37L__ffz-FAEAAA==WKE.

2016 “Rebajas hipotecarias: descuentos sobre la tasación” en www.notariosyregistradores.com, (2 julio 2016).

2/2013 “Sobreseimiento de la ejecución hipotecaria de título con cláusulas abusivas”, en www.notariosyregistradores.com, (publicado el 3 octubre 2013). |87| Desahucio parado por cláusulas abusivas https://enlacancha.eu/2017/12/28/desahucio-parado-por-clausulas-abusivas-en-la-hipoteca/

1/2013 “Los cambios tras la sentencia del Tribunal de Luxemburgo. Comentario a la STJUE de 14 marzo 2013 contra las cláusulas abusivas (SEGUNDA PARTE)”, en www.notariosyregistradores.com, (publicado el 4 abril 2013); Y 15/2013 “Un futuro lleno de cambios en la lucha contra las cláusulas abusivas en las hipotecas (II). Comentario a la STJUE de 14 marzo 2013”, Diario La Ley, Nº 8081, Sección Documento on-line, 13 May. 2013, Año XXXIV, Editorial LA LEY (LA LEY 2816/2013); y Diario La Ley, Nº 8092, Sección Doctrina, 28 May. 2013, Año XXXIV, Editorial LA LEY.

4/2012 “Caso en que la adjudicación de la finca al acreedor extingue la deuda por pago”, en www.notariosyregistradores.com, (publicado el 23 diciembre 2012).

3/2012 “La entrega de la finca hipotecada salda la deuda”, en www.notariosyregistradores.com, (publicado el 15 octubre 2012).

2/2012 VALIDEZ DE LA TASACIÓN PACTADA Y DACIÓN EN PAGO, en el Seminario de Derecho Registral de 15 febrero 2011, en Boletín del Colegio de Registradores de España, Madrid, núm. 191 (2ª época), (2012), pgs. 1945-1948.

1/2012 “La entrega del solar saldó la deuda. Resumen del Auto AP Córdoba 1 febrero 2012”, en www.notariosyregistradores.com, (publicado el 1 marzo 2012).

2/2010 “Respuestas normativas a los problemas de los consumidores en la crisis” en www.notariosyregistradores.com (publicado el 29 de diciembre de 2010).

1/2010 “Carácter abusivo del vencimiento anticipado por impago de una sola cuota del préstamo hipotecario en la STS de 16 de diciembre de 2009”, Diario La Ley, nº 7507, Sección Doctrina, 11 nov. 2010, Año XXXI, Editorial LA LEY, pgs. 1 a 8.

2009 La autonomía de la voluntad y el pacto de tasación de la vivienda hipotecada. CAMBIO EN EL VALOR DE TASACIÓN, en el Seminario de Derecho Registral de 3 marzo 2009, en Boletín del Colegio de Registradores de España, Madrid, núm. 158 (2ª época), (2009), pg. 1303.

2008 “Pinchazo de la burbuja inmobiliaria y disminución del precio de las viviendas hipotecadas”, Informe para CECU, abril, 2008 y lo mismo en “Pago de la deuda con el valor para subasta de la vivienda que se queda el banco”, https://enlacancha.eu/2017/11/05/pago-de-la-deuda-con-el-valor-para-subasta-de-la-vivienda-que-se-queda-el-banco/

 

Seminarios de Derecho Registral:

– 2013 ADJUDICACIÓN POR UN PORCENTAJE DE LA TASACIÓN, en caso 8 del seminario de 11 diciembre 2013.

 

Actualizada el 25 de diciembre de 2018

 

 

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Cláusulas de hipoteca

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Guía para saber si una cláusula es abusiva

Guía para saber si una cláusula es transparente

Guía para saber si una cláusula define el objeto principal del contrato

Cuando al quedar la subasta desierta fracasa el mercado, lo mejor es ir a lo pactado por las partes, aunque perjudique al banco

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